La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIRESCON) es una entidad pública independiente creada por la nueva Ley de Contratos del Sector Público (Artículo 332), entre cuyas funciones está la de aprobar Instrucciones interpretativas y de aplicación de la Legislación de contratos, cuya observancia es obligatorio para todos los órganos de contratación.
Como parte de ese cometido, OIRESCON acaba de aprobar una Instrucción en la que definitivamente resuelve la controversia generada por algunos órganos de contratación a la hora de adjudicar los contratos menores, que impedían a una empresa poder optar a la adjudicación de un contrato menor si ya había resultado adjudicataria en la última anualidad de uno o más contratos menores por importe superior a 40.000 €, en el caso de los contratos de obra; y de 15.000 €, en el caso de los contratos de servicios, y ello aun cuando el objeto contractual fuera diferente.
Por parte de OIRESCON se resuelven y aclaran los siguientes extremos:
1) No opera ese límite cuantitativo si el objeto del contrato es cualitativamente distinto al de otros que haya perfeccionado anteriormente con esa misma empresa, o cuando no constituyan una unidad funcional.
2) El órgano de contratación debe solicitar, al menos, tres presupuestos.
3) Esa limitación temporal viene referida al ejercicio presupuestario (La anualidad presupuestaria).
La necesidad de aclarar esa limitación cuantitativa la justifica la Oficina Independiente en que una interpretación diferente (como la que sostenía la Junta Consultiva de Aragón), supone la imposición de límites para el acceso a la contratación pública que restringe injustificadamente a los empresarios, sobre todo a las PYMES, la contratación con la administración por el hecho de haber contratado una vez. Además, señala que esa limitación es ineficaz en la lucha contra la corrupción, puesto que el problema está en el fraccionamiento de los contratos para eludir la publicidad y la concurrencia.
En el BOE del pasado día 7 de marzo se publicó la Resolución de 6 de marzo de 2019, de OIRESCON por la que se publica la Instrucción 1/2019, de 28 de febrero, sobre contratos menores.

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