Transcribimos, por su interés, el discurso que el presidente de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), Pedro Fernández Alén, pronunció el pasado jueves, 9 de marzo, durante la clausura de la jornada “Eficiencia en la inversión en el ámbito del sector público: visión presupuestaria y contractual» celebrada en el Palacio de Congresos y Exposiciones Ciudad de Oviedo.
En su intervención, Fernández-Alén relata ejemplos casi surrealistas de lo que sucede en los procesos de contratación pública en administraciones locales, autonómicas y de ámbito estatal. El presidente de la patronal aboga por el concurso frente a la subasta, por implantar un mecanismo estable de revisión de precios, por la excepcionalidad en el recurso a los medios propios por parte de la Administración, por agilizar la devolución de las garantías, porque la Administración asuma el coste de las modificaciones del contrato y por evitar exigencias desmedidas de medios técnicos a las empresas para valorar su solvencia en este ámbito.
«Es un acierto que en esta jornada no haya políticos porque lo que mueve la Administración es realmente el ámbito hasta subdirector y en las comunidades autónomas el ámbito de los funcionarios. Los políticos pueden marcar el rumbo, pero son como las aves de paso. Hoy, quienes hacen que funcione la Administración son los funcionarios. Y son a los que hay que darles la ayuda para que agilicen, para que dinamicen la contratación pública. Por ejemplo, como se ha dicho en una intervención que hablaba de la licitación colaborativa. Es decir, que todo el mundo desde el primer momento se ponga a elaborar el pliego y a elaborar el proyecto para ejecutarlo. Y eso se hace en ámbitos europeos, pero no tiene cabida en la Ley de Contratos del sector público. Ya estamos hablando de cara a la próxima modificación de esa Ley de Contratos del Sector Público de esa licitación colaborativa, en la que todo el mundo empiece desde el principio a ver cómo se tiene que ejecutar la obra para que salga mejor.
Y se ha dicho que se recurre poco. Y le hemos tenido parados a Adif 1.500 millones de euros. Creo que tenemos 49 procedimientos o pleitos en toda España. Y voy a poner algunos ejemplos de ahora que os van a sorprender…
Lo que trasladamos desde la CNC representa a todo el sector, la grande, la pequeña, al suministrador… a empresas de todo tipo.
Voy a poner ocho ejemplos.
El primero, y hablando de eficiencia en la contratación pública, es la lucha de subasta contra concurso. Cuando tenemos un tumor -Dios no lo quiera- no buscamos el neurocirujano más barato ¿No es verdad? No sé si recordáis la película Space cowboys… en la que meten en un cohete a los astronautas y al ir a despegar uno dice, “no veáis la tranquilidad que me da estar en la oferta más barata” porque el cohete se había ejecutado por la empresa que había presentado la oferta más barata. Hay que insistir en que el concurso es la forma sana de la contratación pública. La subasta está bien si vamos a comprar bolígrafos o yogures, pero no tiene sentido utilizar de manera automática la subasta, porque no es sana.
En segundo lugar y en relación a la revisión de precios. Si no se actualizan los precios y yo adjudico y resulta que los precios han subido un 22% , lo que ocurre es que están adjudicando a bajas temerarias. Es decir, la revisión de precios también es sana porque si tú estás pagando el 22% por debajo de lo que cuesta realmente algo en el mercado, estás adjudicando en temeridad y eso es pasar del presupuesto con el que ejecutas la obra que se adjudica a que la obra no se va a ejecutar. El sistema de revisión de precios es necesario, se tiene que dejar estable en la Ley de Contratos del Sector Público y hay que meter la mano de obra y la energía, En los contratos de abastecimiento de aguas el 40% es mano de obra y otro 40%, energía, y solo el 20% son reactivos, ¿Podemos mantener así los servicios públicos para el ciudadano, sin tener revisión de precios? Yo creo que no es sano, porque hay que pagar lo que realmente se debe.
No voy a entrar en el régimen extraordinario de revisión de precios que pone un límite del 5%; que se llega al 5% si la empresa es larga, no si es grande o es pequeña, es si es larga, con lo cual no tiene ningún sentido porque la ruptura del equilibrio económico del contrato se puede hacer en el minuto cero, pero es del 5%. Y del 20% que es el máximo con que se revisan los precios con el sistema extraordinario. Ya ha probado Adif que muchas de sus obras superan en más del 35% la desviación que se ha producido. El último pliego se llama trasvase Júcar- Vinalopó, se quedó desierta saliendo por diez millones y se acaba de volver a sacar por 18 millones. Por no hablar del hospital de aquí al lado, que salió por 37 millones y se ha adjudicado por 60, es decir, no se iba a pagar lo que debidamente se tenía que pagar o simplemente no se quería ejecutar la obra.
Tercer punto, La utilización de medios propios. El problema es, la utilización abusiva de unos medios que es algo legal, que está en la directiva comunitaria y en la ley de contratos del sector público. El problema no se llama Tragsa o, Ineco; el problema viene de que el político para evitarse una licitación tiene la tentación de hacer un encargo y le encargan las obras a esos medios propios que no quieran ejecutar esos contratos, no pueden dimensionarse, pero por ley no se pueden oponer. Por lo tanto lo que hay que atacar es a la decisión política que dice que los caminos de Asturias por 83 millones de euros los haga Tragsa cuando hay empresas en la región que pueden ejecutar igual o mejor esas obras que se le encomiendan al medio propio. Por eso vamos a proponer limitar el recurso a los medios propios a un porcentaje determinado del presupuesto ordinario del órgano de contratación que hace el encargo. Y en segundo lugar, buscar un procedimiento para que los que estáis en la Administración podáis adjudicar rápidamente los 800.000 euros que os quedan para colegios en el mes de noviembre. Vamos a pensar un procedimiento para que ese problema que tenéis los funcionarios se solucione y se pueda adjudicar de manera rápida, pero la solución no es tirar de Tragsa o Ineco.
En cuarto lugar y hablando de eficiencia. En la Comunidad autónoma de Andalucía, la consejera de Infraestructuras ha devuelto garantías de la Junta de Andalucía que se habían presentado en pesetas. Hay muchas empresas que no reciben la devolución de las garantías por años y tienen bloqueada su liquidez financiera. Hay que solucionar eso.
En quinto lugar. Se ha dicho que el contratista debe asumir los errores del proyecto. Me parece muy fuerte esa afirmación. Es decir, aquí cada palo que aguante su vela; el proyectista, el proyecto, y el contratista, la ejecución: Volviendo al símil médico, al cirujano no se le puede echar la culpa del mal diagnóstico. El médico diagnostica, le manda el paciente al cirujano que abre y quita. Pero lo que no puede ser es que quien está ejecutando la obra tenga que asumir loe errores de un proyecto que no ha hecho él… el contratista no puede tener la responsabilidad de la ejecución del presupuesto. De hecho, desde la Administración General del Estado se está viendo la posibilidad de que el diseñador del proyecto no pueda irse de la ejecución del contrato hasta que no se liquide, para que si aparece algún error y es imputable a él, asuma la responsabilidad. Hay que tener en cuenta que en un contrato hay modificaciones, liquidaciones y esto se hace porque mientras se ejecuta un proyecto la Administración tiene el «ius variandi», el derecho a poder variar, mejorar o modificar lo que ha encargado y eso es lo que se hace. Por eso me rechina tanto la frase de que el contratista debe asumir los errores del proyecto; es que parece que cuando se hace una modificación no la aprueba la Administración, pero es que legítimamente el contratista ofrece nuevas soluciones constructivas, nuevos materiales…, pero es la Administración la que decide si lo quiere o no.
Y en último lugar la clasificación. Desde la Dirección General del Patrimonio se planteó a la CNC si queríamos quitar la clasificación. No sólo no queremos, sino que es querida, sobre todo por las mesas de contratación. Si se presentan treinta ofertas y tienen que bastantear los abogados del Estado los poderes de 30 empresas, es complicado. El problema de la clasificación es que desde 1965 no se ha adaptado a la realidad actual y el parque de maquinaria que tenían Obrascon o Lain no tiene nada que ver con el que tiene que tener OHL a día de hoy. Antes no había especialización ni empresas diseñadas para una determinada tipología de obra y ahora sí. Las empresas deben tener un razonable parque de maquinaria, pero lo que realmente tienen que saber es coordinar toda la complejidad de obras como la de este palacio de congresos…
Voy a comentar ocho casos para que veamos con lo que tienen que lidiar los contratistas y entendáis el amargor con el que hablan a veces.
Primero. Se establece como criterio de adjudicación la oferta por parte del contratista en la ampliación de los plazos de pago que puede hacer la Administración. La ley de Contratos del Sector Público establece unos plazos de pago y en un pliego pone que se va a valorar el plazo de mas que dé el licitador para cobrar las certificaciones y claro, movéis la cabeza pensando “vaya ayuntamiento”, pero esto lo metió el Gobierno de Cantabria en su ley de presupuestos y lo tuvimos que impugnar y llegar al Constitucional.
Segundo caso. No os riais. Se le pide al contratista que le dé un crédito al órgano de contratación para que éste pague las certificaciones, valorando como criterio de adjudicación el menor tipo de interés que dé respecto al Euribor mas cuatro, No estoy de cachondeo. Usted que me presenta una oferta me da un préstamo por el importe del cien por cien de la obra y yo valoro cuanto interés tendría que pagar en Euribor más cuatro para abajo. Y esto lo hace un «ayuntamiento pequeño» como es Gestión de Infraestructuras de la Generalitat de Catalunya, S. A. (GISA), y con un importe que era millonario.
Tercero de los casos. Unas condiciones excesivas. Dice literalmente el pliego: se le pagará al contratista lo que vaya presupuestando año a año en la ley de presupuestos generales de la Junta de Andalucía. Yo no hago consignación presupuestaria, yo no lo meto en un cajón… sino que digo, saco una obra porque lo necesito y ya veré cómo te voy pagando cada año; consigno en presupuestos lo que yo considere que poco a poco puedo ir pagando. Junta de Andalucía
Cuarto. Las modificaciones del contrato serán obligatorias y a coste cero por parte del adjudicatario. Es decir, puedo modificar el contrato, pero no lo pago. Servicio Aragonés de Salud.
Quinto. Criterios de territorialidad. Se valorará el que la empresa esté radicada en Luarca, por ejemplo. Eso no lo permite ni la Ley de Contratos, ni la Constitución, ni el Catecismo ni la Biblia. Por ejemplo, no puedo pedir que la empresa tenga una planta asfáltica móvil en Luarca en el momento de la adjudicación, porque se tarda mucho en llevarla, sacar todos los permisos e instalarla, pero si puedo pedir unos criterios técnicos para que el asfalto que se vierte en una zona sea cercano a la zona para que llegue en buenas condiciones: Pero no puede ser criterio de adjudicación que tenga acento extremeño. Diputación de Salamanca: empresa salmantina, sino, no se adjudica el contrato.
Sexto. Se piden de clasificación ocho subgrupos, solo ocho… Según el artículo 36 de la Ley de Contratos se pueden pedir como máximo cuatro subgrupos… Ampliación del Hospital Doce de Octubre de Madrid…
Y termino con dos casos reales más.
Séptimo. Excesiva adscripción de medios. Tienes que tener una planta asfáltica móvil y dos ingenieros de caminos para asfaltar la plaza de un pueblo; me tienes que tener tropecientas grúas para hacer la biblioteca en Málaga –Ayuntamiento de Málaga- o los 1.500 millones de euros que le hemos ganado en diez licitaciones a Adif por indebida exigencia de medios en los contratos. Te piden una lista que ni las empresas cotizadas, líderes mundiales, tienen para loa contratos que se pedían. Se ganaron los diez pleitos
Y por último, ponemos unas penalidades al contratista que se denominan “descuentos” porque no computan en el 10% del 50% de penalidades que dice la Ley de Contratos del Sector Público, Es decir, en vez de imponer penalidades y tener presupuestariamente atado a la Ley de Contratos cómo impongo las penalidades al contratista, simplemente le hago descuentos en la certificación y así no me tienen ese control de la certificación. También un órgano contratación pequeño: cláusula de Adif que se le eliminamos hace dos años.
Son ocho casos reales que permiten ver lo que habitualmente se ve en la contratación pública. Lo digo porque tenemos que ser eficientes, pero tenemos que trabajar para ser eficientes. Me gusta poner el ejemplo de Usain Bolt que ahorró y optimizó esfuerzo. En tres olimpiadas ganó ocho medallas de oro que le supusieron 36 millones de euros y el tío corrió menos de dos minutos en la pista, imaginaos si lo hizo bien, pero estuvo más de diez años entrenando para correr esos dos minutos. Esa es la eficiencia que hay que tener en la contratación pública.
Por último, la contratación es algo especialmente complicado. Un contratista toca a muchas administraciones y lo tiene complicado y los anónimos que estamos aquí y que no nos conoce nadie podemos crear una opinión de cómo tiene que ser la contratación pública y mejorarla.
Si digo Robert Allen Zimmerman, muchos me diréis de quién coño estás hablando, pues es alguien que tiene 42 discos de estudio, once directos, 67 singles y sólo ha tenido un número uno en el año 2020, que además es horrible… Bueno, Zimmerman, sí, anónimo, pero si digo que es Bob Dylan, todos lo conocemos. Pues bien, los que estamos aquí somos anónimos, pero si trabajamos, si buscamos la pureza en la contratación pública, seguro que mejoramos y podremos cumplir con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Muchas gracias».
Nota: Para abreviar la lectura se han omitido algunas partes breves que nada aportan al conjunto del discurso.