El Boletín Oficial del Principado de Asturias publica hoy el Decreto 73/2018, de 5 de diciembre, por el que se aprueban las normas de habitabilidad en viviendas y edificios destinados a viviendas en el Principado de Asturias, con las que se pretende facilitar la accesibilidad a todas las personas, mejorar las condiciones de habitabilidad y al mismo tiempo reducir la burocracia para la construcción de viviendas

En Asturias coexisten diversos controles previos a la construcción y ocupación de las viviendas, que ponen de manifiesto la necesidad de abordar esta regulación, a fin de eliminar esta duplicidad de competencias por parte de distintas Administraciones Públicas y simplificando la actividad administrativa con el objetivo de avanzar en el cumplimiento de los principios constitucionales de eficacia y descentralización en la gestión pública.

Con la supresión de la cédula de habitabilidad de primera ocupación, el otorgamiento de las licencias municipales requerirá, exclusivamente, que el proyecto y su ejecución cumplan las nuevas normas de habitabilidad. Por ello, y para evitar duplicidades innecesarias, queda la autorización de ocupación y utilización municipal como habilitación administrativa para el uso de un inmueble como vivienda. Solo en aquellos casos en los que dicha licencia no procede, como es el caso de las segundas y posteriores ocupaciones, la Comunidad Autónoma seguirá emitiendo las correspondientes cédulas de habitabilidad.

También se hace necesario adaptar la normativa al principio de accesibilidad universal del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social

De acuerdo a las nuevas normas, las viviendas que se construyan en Asturias a partir del próximo mes de marzo deberán ser 100% accesibles y más sostenibles. Entre otras cuestiones deberán tener, al menos, una ducha totalmente a ras de suelo, puertas más anchas, ausencia de escalones para acceder a terrazas o tendederos y por lo menos una habitación que garantice la entrada en sillas de ruedas y una que reciba luz solar directa.

En los espacios comunes, los portales y los ascensores también deberán tener las entradas más anchas y los timbres y buzones tendrán que estar ubicados de forma que sean accesibles para todos. La normativa servirá para actualizar la que aun esta vigente y que data de 1998. Estarán exentos de cumplir estas nuevas normas los edificios que ya tengan solicitada la licencia municipal o que pidan el permiso de obra antes de la fecha de entrada en vigor de la legislación. Exigencias que se aplicarán también, por cierto, a los edificios ya construidos en los que se vayan a acometer reforma integrales.

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